¿DE VERAS QUIEREN APROBARLO EN LA ÚLTIMA SESIÓN ORDINARIA DEL AÑO, ESTE PRÓXIMO MIERCOLES 30 DE NOVIEMBRE?
POR QUÉ DECIMOS QUE LA MEDIA SANCIÓN DE DIPUTADOS, (EL PROYECTO CONOCIDO COMO CD 20/15) NO GENERARÁ JUSTICIA PARA LAS VÍCTIMAS VIAL.
POR QUÉ DECIMOS QUE LA MEDIA SANCIÓN DE DIPUTADOS, (EL PROYECTO CONOCIDO COMO CD 20/15) NO GENERARÁ JUSTICIA PARA LAS VÍCTIMAS VIAL.
En este audio la explicación de por qué es un mal proyecto.
Matías Arregger debate la Ley Penal Vial.
-Ema
Cibotti: El doctor Matías Arregger, que además tiene una ONG, Puente, que tiene
como misión algo precioso, que es acercar justamente la justicia a la gente.
Además, es asesor en la Cámara de Diputados del Frente Renovador. A nosotros,
el proyecto de ley no nos convenció nunca entre otras cosas porque la escala
penal que promovía y proponía era de entre 3 y 6 años para los hechos agravados
en tránsito, luz roja, alcohol al volante, fuga, etc., y la verdad es que 3
años sigue siendo una pena en suspenso, 6 años no da para que no sea
excarcelable. Efectivamente, usted tiene el análisis completo. ¿Qué es lo que
está pasando con la Ley de Delito Penal en el Congreso?
-Matías
Arregger: La media sanción que se había realizado el
año pasado tuvo fuertes críticas en las comisiones. En ese momento, la
presidenta de la Comisión de Asuntos Penales era la actual ministra Patricia
Bullrich, y tuvo muchas críticas en particular porque directamente lo que hacía
era maquillar un poco el pedido de todas las asociaciones de víctimas. Subía un
poco las penas pero no resolvía la cuestión de fondo. Además de eso, tenía
muchísimas incoherencias. Por ejemplo, tipificaba una conducta general donde
establecía una pena –si mal no recuerdo- de 2 a 6 años a aquel que condujere
con imprudencia, negligencia o inobservancia o con una conducción
antirreglamentaria.
-E.C.:
De 2 a 5. Mantenían el 5.
-MA: Claro. Cuando decimos “conducción antirreglamentaria es que no se
adapta a las normas de la Ley de Tránsito. Y después se establecía un agravante
que subía la pena, y dentro de esos supuestos agravantes, por ejemplo, decía
que aquel que cruza un semáforo en rojo, aquel que vaya en sentido contrario a
la mano, es decir, que vaya en contramano, con lo cual, ir en contramano o
cruzar en rojo es una conducta antirreglamentaria.
-EC: Claro, había algo redundante
ahí.
-MA: Exactamente. Ahora, si a mí me dicen que tengo una pena de 2 a 5 años
por una conducta antirreglamentaria, y después me dicen que tengo un agravante
si cruzo un semáforo en rojo o voy a contramano, esa es una conducta
antirreglamentaria, con lo cual, va a ser muy difícil que le juez me de una
pena sobre el agravante porque yo voy a decir “no, pasar el semáforo en rojo es
una conducta antirreglamentaria. Quiero la pena de 3 a 5 años, no la del
agravante”. De esos errores, tenía unos cuantos.
Carlos M. Rosa para ACTIVVAS
Quienes integramos la Biblioteca "Martín Torres Riedel" surgida tras un cruel delito vial y formamos parte del #ProgramaViolenciaCERO repudiamos todas las formas de indiferencia u omisión legislativa
ResponderEliminarQuienes integramos la Biblioteca "Martín Torres Riedel" surgida tras un cruel delito vial y formamos parte del #ProgramaViolenciaCERO repudiamos todas las formas de indiferencia u omisión legislativa
ResponderEliminar