UN ACCIDENTE NO SIEMPRE ES UN ACCIDENTE... Conducir alcoholizado...NO ES UN ACCIDENTE...Violar la prioridad de paso peatonal...NO ES UN ACCIDENTE...Superar la velocidad permitida... NO ES UN ACCIDENTE...Violar la luz roja.... NO ES UN ACCIDENTE...Burlar las leyes de tránsito...NO ES UN ACCIDENTE...Un accidente CASI NUNCA es un accidente...



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miércoles, 15 de julio de 2020

Cuando todos somos víctimas,


CUANDO TODOS SOMOS VÍCTIMAS

Dr. Hugo Rubén Martínez

El pasado lunes, un automóvil cruzó la Av. Paseo Colón a una velocidad cercana a los 100 km/h; pasó un semáforo en rojo y en estado de ebriedad, con la licencia de conducir vencida, además de una abultada deuda con el GCBA en multas de tránsito.  
Lo cierto es que esta persona, en la noche del lunes 13 de julio chocó contra un colectivo de la línea 64 y que lo hizo girar por el impacto, sin que éste milagrosamente no volcara. Pudo ser un siniestro vial de grandes proporciones.  
Sin caer en la queja acerca de la conducta temeraria no está contemplada en la legislación penal –sí en la jurisprudencia y en la doctrina-,  es éste un ejemplo reiterado del desprecio por las normas elementales de tránsito, de irresponsabilidad ciudadana y un obtuso desprecio por la vida: la propia y la ajena.

Sin embargo, ante esta situación y otras similares, tal actitud  debe leerse a la luz de la Ley de Tránsito 24.449, pero de una manera mucho más amplia, ya que es necesario detenerse la figura de ineptitud y no sólo física, sino también psicológica.

En tal sentido, el artículo 14 inc. a) ap. 4 incluye entre los requisitos la aptitud psicofísica y lo reitera en el ap. 7. La misma normativa, en su artículo 19 contempla la suspensión de la licencia de conducir por ineptitud.

Es en el artículo 39 inc. b) en el que se menciona el “deber de conservar el dominio del automotor, es decir tener la cosa sometida a la voluntad del  que conduce y de tener la lucidez de esquivar, doblar y disminuir la velocidad. Nada de esto ocurrió en el caso analizado.

Por lo tanto, no debería otorgarse una licencia de conducir, sin poner en duda su capacidad para hacerlo en un futuro. Y de aquí en adelante, hacer hincapié en las exigencias psicológicas de los conductores de automóviles, antes de otorgarla. 


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